Este convenio establece un acuerdo de intermediación compartida entre un intermediario inmobiliario («EL INTERMEDIARIO») y un tercero («EL TERCERO») para la gestión de arrendamientos inmobiliarios.
Ambas partes acuerdan colaborar en la operación, detallando las responsabilidades, incluyendo la prestación de servicios y la distribución de honorarios. “EL TERCERO” recibirá un porcentaje específico sobre los honorarios devengados por “EL INTERMEDIARIO”, conforme a los acuerdos previos con el propietario.
El convenio regula la confidencialidad, la difusión de requisitos entre colaboradores, los tiempos y condiciones para la concertación de arrendamientos, y las cláusulas para modificación o terminación del contrato. Se aclara que no se establece relación laboral entre las partes.
Tiene una vigencia definida, con posibilidad de ajustes de común acuerdo, y está sujeto a la normativa del Estado de México. En caso de discrepancias, las partes acuerdan resolverlas por escrito o someterse a la jurisdicción local.